En este artículo encontrarás la siguiente información:
Fuentes: Agencia Tributaria - Gobierno de España - unmadrilenoeneuropa - Jose Manuel responsable equipo España
Cuando nos cambiamos de país, no siempre finalizamos nuestras responsabilidades tributarias con nuestro país de Origen. Por eso hoy te queremos hablar del Impuesto para No residentes en España.
¿Dónde se inicia una Obligación Tributaria?
Las obligaciones fiscales que tenemos como ciudadanos vienen determinadas por dos premisas:
Éstos dos aspectos nos catalogarán como Residentes, o No Residentes fiscales de un país y nos harán imputar tributaciones en ambos países. Los impuestos de no residentes en España se tributan mediante el modelo 210 que veremos a continuación.
El mes de febrero del 2024, se han dado importantes cambios legislativos que simplifican de manera notable el modelo 210 de no residentes en España. Te explicamos todos ellos a continuación.
Si como no residente en España decides vender tu inmueble, tendrás que tributar por la ganancia patrimonial que obtengas de la transmisión.
El cálculo del impuesto como no residente de una venta de inmueble en España, es relativamente sencillo:
Sobre esta se aplicará el régimen general de no residentes que es del 19% o del 24% dependiendo de tu país de residencia fiscal.
Los plazos de presentación de los modelos para la venta de un inmueble como no residente son los siguientes:
Pues si todo lo anterior ya lo tienes dominado significa que ya estás preparado para conocer el comportamiento del IRNR cuando tienes una casa en propiedad en España y la alquilas.
Debes tener en cuenta que son varios los factores que cambian, como por ejemplo el número de veces en el que debes hacer la declaración, el tipo de gravamen (...) lo que es común es el utilizar el modelo 210 en todos los casos.
Cada renta debe declararse de manera individual:
Este tema es importante porque si los pagadores son distintos deberemos diversas declaraciones una por cada pagador.
Podrán agruparse rentas del arrendamiento obtenidas por un mismo contribuyente, siempre que procedan del mismo pagador, sea aplicable el mismo tipo de gravamen y procedan del mismo inmueble (consignando como Tipo de renta: 01).
¿Qué pasa si tengo múltiples pagadores?
Tratándose de rendimientos de inmuebles arrendados no sujetos a retención devengados a partir de 1 de enero de 2018, podrán agruparse rentas del arrendamiento que procedan de varios pagadores siempre que sea aplicable el mismo tipo de gravamen y procedan del mismo inmueble (en este caso, consignando como Tipo de renta: 35 y dejando sin cumplimentar los datos del formulario relativos al pagador).
Cada cuánto tiempo tengo que presentar la declaración:
Si se dan como hemos visto anteriormente las condiciones de poder agrupar cada todas las rentas podré agruparlos trimestralmente para las rentas obtenidas hasta 2023 , en caso contrario tendré que abrir una declaración por cada una de las rentas devengadas.
El plazo de presentación e ingreso será los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, en relación con las rentas cuya fecha del devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior. En caso de presentarlo de manera telemática, puede domiciliarse el pago de la deuda tributaria desde el 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero, respectivamente
Para las rentas obtenidas a partir de 2024 deberás conocer qué:
Recuerda que somos referentes en fiscalidad europea, tanto para residentes como para no residentes. Expertos en gestión de impuestos para expatriados, contacta con nuestros asesores que te guiarán siempre con la información más actualizada.
Mi hermano Juan Carlos Sánchez, con residencia fiscal en Italia ha obtenido mensualmente en España durante el primer trimestre del año 2021 de €1.500 en concepto de rendimientos derivados del arrendamiento de una vivienda sita en la calle Alcalá nº 15 de Madrid, devengados el día 5 de cada mes.
Mi hermano opta por declarar de forma agrupada (trimestralmente) los rendimientos. Los rendimientos corresponden a un mismo pagador (Tipo de renta: 01). Mi hermano este trimestre no ha tenido ningún gasto en su piso, por lo que no imputará ningún gasto en la renta. *
Mi hermana Juana María Sánchez, con residencia fiscal en Italia es propietaria de un apartamento situado en Cádiz que fue adquirido en 2001 por 130.000 euros, gastos e impuestos incluidos.
El valor catastral ha sido revisado y entrado en vigor el pasado 2018 asciende en el ejercicio 2020 a 60.000 euros.
En el año 2020 el apartamento no fue alquilado.
Estos son algunos tips que debes saber sobre el impuesto de no residentes en España.
Como te hemos adelantado anteriormente la declaración de la renta como no residente en España o IRNR la debes realizar si eres no residente:
Esta es una normativa general, las casuísticas, el país de origen donde tienes tu residencia fiscal y algunos convenios contra la doble imposición bilaterales pueden modificar la normativa general del impuesto de no residentes español. Consulta con nuestros asesores fiscales expertos en impuestos de no residentes españoles.
El Modelo 210 de no residentes aplica a aquellas personas que han obtenido rentas en España, aunque no residan fiscalmente en nuestro país. Hay una serie de actividades económicas que suponen el pago de IRPF para extranjeros residentes en España o para aquellas personas con nacionalidad española que tengan su residencia fiscal en otros países.
Se trata del modelo 210 AEAT correspondiente al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) de la Agencia Tributaria. Es importante reseñar que, si se reside fuera de España, pero se mantiene relación de beneficios por concepto de rentas obtenidas por el alquiler o venta de inmuebles que estén ubicados dentro del territorio español, se tiene que hacer efectiva la presentación del Modelo 210.
La declaración de la renta de no residentes en España se puede hacer con un asesor fiscal experto como nuestro caso, o a través de la AEAT
Recuerda que gestionar el Modelo 210 online con nosotros, si:
Contacto con uno de nuestros helpers de manera gratuita.
Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers. Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.
Más de 7.401 clientes activos hasta abril 2024
© vivireneuropa 2020 - 2024
Engloba diferentes plataformas, empresas y asociaciones que aportan ayuda a los expatriados en Europa. Asesoría online de Movilidad Europea.
P.IVA. 10830900964 | Sede Italia Via Bergognone 34 Milano CAP 20146
NIF. ES07501652-H | Sede España Avda. Independencia 38 SSRR 28701